El primer paso que llevamos a la hora de decidir que forma jurídica iba a tomar nuestra empresa fue realizar una pequeña tabla en la que situamos todas las formas jurídicas posible.
Tras esta visión general de todos los tipos de sociedades decidimos optar por realizar un análisis más exhaustivo de las 4 sociedades básicas, pues son las que cumplen los requisitos básicos que necesita nuestra empresa:
CAPITAL MÍNIMO
TIPO DE SOCIEDAD
NÚMERO DE SOCIOS MÍNIMOS
RESPONSABILIDAD ASOCIADA
VENTAJAS
INCONVENIENTES
Con todos estos datos decidimos descartar dos en primera instancia; la sociedad limitada nueva empresa, porque opta a un capital máximo de tan solo 120.000€ y por tanto no es factible puesto que nuestro capital es mucho más elevado. La otra opción que descartamos fue la sociedad individual, pues la responsabilidad ilimitada y la forma unipersonal de esta empresa tampoco nos son válidas.
Por tanto no decidimos a elegir entre la sociedad limitada y la sociedad anónima. Finalmente, elegimos la sociedad limitada ya que además de permitirnos fundar la empresa con la cantidad de capital que necesitamos, existe una restricción para transmitir las acciones. Esto es importante para nosotros ya que es una empresa que hemos fundado entre amigos y queremos evitar que un extraño entre en el equipo directivo y de esta forma podremos conservar el control sobre las decisiones de la empresa. El tipo de tributación de la sociedad limitada es el impuesto de sociedades que es un 30%.
FORMA JURÍDICA
El primer paso que llevamos a la hora de decidir que forma jurídica iba a tomar nuestra empresa fue realizar una pequeña tabla en la que situamos todas las formas jurídicas posible.
Tras esta visión general de todos los tipos de sociedades decidimos optar por realizar un análisis más exhaustivo de las 4 sociedades básicas, pues son las que cumplen los requisitos básicos que necesita nuestra empresa:
CAPITAL MÍNIMO
TIPO DE SOCIEDAD
NÚMERO DE SOCIOS MÍNIMOS
RESPONSABILIDAD ASOCIADA
VENTAJAS
INCONVENIENTES
Con todos estos datos decidimos descartar dos en primera instancia; la sociedad limitada nueva empresa, porque opta a un capital máximo de tan solo 120.000€ y por tanto no es factible puesto que nuestro capital es mucho más elevado. La otra opción que descartamos fue la sociedad individual, pues la responsabilidad ilimitada y la forma unipersonal de esta empresa tampoco nos son válidas.
Por tanto no decidimos a elegir entre la sociedad limitada y la sociedad anónima. Finalmente, elegimos la sociedad limitada ya que además de permitirnos fundar la empresa con la cantidad de capital que necesitamos, existe una restricción para transmitir las acciones. Esto es importante para nosotros ya que es una empresa que hemos fundado entre amigos y queremos evitar que un extraño entre en el equipo directivo y de esta forma podremos conservar el control sobre las decisiones de la empresa. El tipo de tributación de la sociedad limitada es el impuesto de sociedades que es un 30%.